Seleccionar página
El aborto y el sentido común decía un enunciado de un
artículo, sazonado con ese toque de ser una declaración del Olimpo –donde se
forman los dogmas de todos los colores-; sazón que de está presente en los
escritos de todos quienes intentamos proponer algo. En cuanto al titulo del
artículo y a su contenido cabe pedir a el autor que precise a qué cosa llama
“aborto” y también qué cosa es eso del “sentido común” a lo que se refiere para
rechazar los argumentos contrarios. De hecho -es mi opinión- la forma de
engañar a los demás se basa en un truculento juego de palabras imprecisar e
incomprensibles que, por desgracia, se creen sabidas.     
Nuevamente
de moda el nudo que enfrenta abortistas y antiabortistas en el Ecuador, ambos
grupos –en la mayoría- apoyados en argumentos (si se pueden llamar así)
fundamentalistas de sus torcidas lecturas de sus biblias o en presupuestos pseudos
científicos, no explicados en profundidad, e igualmente dogmáticos.
A los
dichosos Asambleístas, que no logran escribir el código penal de acuerdo con los
principios constitucionales de Montecristi, hay que recordarles:
primero, que deben sea coherente con los enunciados de la Constitución y
segundo, al tratarse se una tipificación de delitos y penas, uno de esos es el
homicidio y debe ser tipificado.
Difícilmente
los –llamados abortista- puede superar y desmontar el argumento de la unidad
del individuo, esto es, que desde la unión fecunda de los elementos femenino y
masculino se constituye un hombre o una mujer singular. Un individuo que es el
mismo desde su concepción hasta su muerte, solo depende del tiempo. ¡Este es el
hecho! Se debe precisar el cuando la unión de los elementos es fecunda y eso es
una cuestión que responde la embriología. 
La
polémica se enciende con los derechos y los deberes de unos ante los otros, que
obviamente, son diversos por ejemplo, una persona de veinte años y otra de
diez, el primero es un ciudadano y el otro no lo es, pero en eso se refiere al
nivel de la ciudadanía, seria extraño que quienes no son ciudadanos deben ser
asesinados.
“Nosotras
y nosotros, el pueblo soberano del Ecuador… decidimos construir una nueva
convivencia para alcázar el sumak kawsay…”
estas palabras son las primeras que aparecen en el texto constitucional –y al
menos que sea un engaño- se convierten en la referencia obligatoria para todo texto
legislativo, que viene después en la misma Constitución y en otros. El “buen
vivir” (sumak kawsay) obviamente supongo
que incluye la promoción de la dignidad de cada persona y digo supongo porque
son conceptos abiertos (como también es la mención de la dignidad –lo
reconozco-) y podría ser cualquier cosa, pero no me parece que incluya un control
demográfico por medio de suprimir el desarrollo del individuo, ya sea
asesinándolo en el vientre de la madre o cuando aprende a chuparse el dedo o
cuando hace los deberes de la escuela o cuando va de parranda o cuando esta
trabajando… o cuando ejerce la carrera política.
Para
solucionar semejante vorágine –provocada por el snob– se puede aplicar el reconocimiento del Derecho a la
naturaleza, que tiene como innovación el Ecuador, derecho que acentúa el deseo
y la promoción de la vida, e inmediatamente se debe reflejar en un Código Penal
–que es el motivo de este escrito- en una condena que corrija los
comportamientos de quienes promueven, afectan o realizan actos en contra de la
vida.
Al
final se trata de tipificar un delito que debe ser tipificado como es el
homicidio. Se trata de tipificar el crimen y sancionarlo con una pena adecuada.
Si un hombre y una mujer asesinan a su hijo sea en el vientre de la madre sea
de recién nacido, sea cuando celebre la fiesta rosada, sea cuando se le
reconozca la ciudanía o cuando sea electo de asambleísta tendrán que responder
según la ley.